Enero: mes de las rebajas y las declaraciones informativas
Después del cierre de año que han tenido las oficinas de farmacia en España parece de mal gusto felicitar el año nuevo: bajas por Covid, reparto desorganizado de test de antígenos y el cansancio acumulado de ya dos años muy duros para todos los profesionales de la oficina de farmacia.
El mes de enero nos trae una nueva rebaja del precio del medicamento con la entrada en vigor de la Orden de precios de referencia de 2021 y la vuelta a la rutina en cuanto a obligaciones fiscales se refiere con la presentación de las declaraciones informativas modelos 190, 180 y 390, entre otros.
Para la mayoría de las farmacias pasa desapercibida la presentación de estas declaraciones pues es la asesoría quien se ocupa de su presentación si bien, en los últimos años, el farmacéutico empleador se ve sorprendido por la voracidad recaudatoria de la Administración, cuando, por ejemplo, hay que hacer una modificación en los datos declarados inicialmente. Esto viene sucediendo en los dos últimos ejercicios sobre todo con los empleados colaboradores familiares.
El modelo 190 recoge las cantidades percibidas por los empleados, las retenciones que se han hecho durante el año como pago a cuenta de su declaración de IRPF y las cantidades descontadas en la nómina del empleado de su contribución al Régimen General de la Seguridad Social.
En el caso de los empleados colaboradores familiares la cotización a la Seguridad Social se realiza a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Y, la mayoría de las veces, el dato de estas cotizaciones no se tiene a 31 de enero bien por modificaciones de la cuota, por el cobro de atrasos, por actualizaciones a mitad de año de las cotizaciones…
Y, ¿qué pasa cuando el farmacéutico se da cuenta a posteriri de que esas cifras no son correctas y quiere corregir el modelo 190? Pues, que si lo hace después del 31 de enero, la Agencia Tributaria le va a sancionar.
Es por eso, dado que en el caso de los empleados colaboradores familiares no es obligatorio consignar el dato de sus cotizaciones a la Seguridad Social en el modelo 190 de la farmacia, este año no se incluirán. Seré el empleado colaborador familiar de la oficina de farmacia quien en su declaración de IRPF consignará estas cantidades, las cuales, además, Hacienda le va a exigir que sean pagadas por una cuenta de su titularidad para poder deducírselos.