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	<title>Laboral | Despacho Albertos y Asociados</title>
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	<description>Despacho Albertos y Asociados somos una Asesoría  y gestión laboral, contable, tributaria y jurídica  para Oficinas de Farmacia,</description>
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		<title>Protocolo de desconexión digital</title>
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		<pubDate>Thu, 12 Dec 2024 07:44:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[farmacia]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídico]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>&#160; En el consejo de hoy venimos a contarles la importancia de cumplir con la normativa relacionada con la desconexión digital de los trabajadores fuera de su horario laboral. Según el artículo 88 de la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales), así como el Estatuto [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="size-medium wp-image-6521 alignleft" src="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/5802664-scaled-300x200.jpg" alt="" width="300" height="200" srcset="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/5802664-scaled-300x200.jpg 300w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/5802664-scaled-1024x683.jpg 1024w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/5802664-768x512.jpg 768w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/5802664-1536x1024.jpg 1536w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/5802664-2048x1365.jpg 2048w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En el consejo de hoy venimos a contarles la importancia de cumplir con la normativa relacionada con la desconexión digital de los trabajadores fuera de su horario laboral.<br />
Según el <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-16673#a8-10"><strong>artículo 88 de la LOPDGDD</strong></a> (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales), así como el <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430"><strong>Estatuto de los Trabaj</strong><strong>adores</strong></a> (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre), es fundamental que cada empresa implemente un protocolo que contemple los siguientes aspectos:</p>
<p>1. <strong>Derecho a la desconexión</strong>: Los empleados tienen derecho a no responder correos electrónicos, mensajes o llamadas fuera de su horario laboral.</p>
<p>2. <strong>Horarios claros</strong>: Establecer y comunicar claramente los horarios de trabajo y las expectativas sobre la disponibilidad.</p>
<p>3. <strong>Formación y sensibilización</strong>: Proporcionar formación a los empleados sobre la importancia de la desconexión digital y cómo gestionarla.<img decoding="async" class="size-medium wp-image-6523 alignright" src="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/9085429-300x300.jpg" alt="" width="300" height="300" srcset="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/9085429-300x300.jpg 300w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/9085429-1024x1024.jpg 1024w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/9085429-150x150.jpg 150w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/9085429-768x768.jpg 768w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/9085429-1536x1536.jpg 1536w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/12/9085429.jpg 2000w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></p>
<p>4. <strong>Canales de comunicación</strong>: Definir los canales de comunicación que se utilizarán durante el horario laboral y cuáles no deben ser utilizados fuera de este.</p>
<p>5. <strong>Revisión y actualización</strong>: Realizar revisiones periódicas del protocolo para adaptarlo a las necesidades de la empresa y de los empleados.</p>
<p>Además, la <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-11472"><strong>Ley de Trabajo a Distancia</strong></a> (Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia) también establece la necesidad de regular estas cuestiones para garantizar un equilibrio entre la vida laboral y personal.</p>
<p>Es esencial que todos trabajemos juntos para fomentar un ambiente laboral saludable y respetar el tiempo personal de cada uno.</p>
<p><strong>Si necesita ayuda para implementar este protocolo, no duden en ponerse en contacto con el Despacho.</strong></p>
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<p style="text-align: right;"><span style="color: #0000ff;"><strong><em>Beatriz Boada Rodríguez</em></strong></span></p>
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		<item>
		<title>Registro horario digital de los trabajadores</title>
		<link>https://despachoalbertos.com/registro-horario-digital-de-los-trabajadores/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[albertos]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 24 Nov 2024 18:16:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[farmacia]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídico]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Dentro de esta transformación digital que les vamos anunciando (programas de contabilidad homologados, facturación electrónica,&#8230;) llega el registro horario digital de los trabajadores. Toda las empresas en España están obligadas a llevar un registro de las horas de trabajo de sus empleados. Esta obligación, que se encuentra reflejada en la normativa ( Ley 10/2021, de 9 [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img decoding="async" class=" wp-image-6502 alignright" src="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241105_122846185-scaled-225x300.jpg" alt="" width="307" height="409" srcset="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241105_122846185-scaled-225x300.jpg 225w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241105_122846185-768x1024.jpg 768w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241105_122846185-1152x1536.jpg 1152w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241105_122846185-1536x2048.jpg 1536w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241105_122846185-scaled.jpg 1920w" sizes="(max-width: 307px) 100vw, 307px" />Dentro de esta transformación digital que les vamos anunciando (<a href="https://despachoalbertos.com/ya-esta-aqui-la-facturacion-electronica-cambios-muy-importantes-en-nuestro-dia-a-dia/">programas de contabilidad homologados</a>, facturación electrónica,&#8230;) llega el registro horario digital de los trabajadores.</p>
<p>Toda las empresas en España están obligadas a llevar un <strong>registro de las horas de trabajo</strong> de sus empleados. Esta obligación, que se encuentra reflejada en la normativa ( <strong>Ley 10/2021, de 9 de julio</strong>, de trabajo a distancia y <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2019-3481"><strong>Real Decreto-ley 8/2019</strong>,</a> de 8 de marzo,de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo) tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de la jornada laboral y proteger los derechos laborales de los trabajadores.</p>
<p><strong>¿Qué dice la normativa?</strong></p>
<p>La ley establece que el registro de jornada debe ser <strong>claro, preciso y fácilmente accesible</strong>, y debe reflejar de forma fidedigna las <strong>horas de entrada y salida</strong> de los trabajadores, así como los <strong>periodos de descanso</strong>.</p>
<p><strong>¿Qué implica esta obligación?</strong></p>
<ul>
<li>Deben registrarse <strong>todas las horas de entrada y salida</strong> de cada trabajador.</li>
<li>El registro debe reflejar <strong>la duración de la jornada laboral</strong> de forma diaria, incluyendo los <strong>periodos de descanso</strong> (como las pausas para el almuerzo).</li>
<li>El registro debe ser <strong>claro, preciso y fácilmente comprensible</strong>, de forma que se eviten ambigüedades y se asegure su correcta interpretación.</li>
<li>Los registros deben conservarse durante <strong>4 años</strong> y estar disponibles para las autoridades laborales en caso de inspección.</li>
</ul>
<p><strong>¿Por qué preferir un registro digital?</strong></p>
<p>En este Despacho no somos partidarios de hacer incurrir en gastos a los clientes si no hay una obligación legal que cumplir,  pero en este caso, además de los motivos que exponemos a continuación, existe un peligro real de falta de credibilidad de los registros en papel en caso de una <strong>inspección de trabajo</strong> (en las últimas inspecciones de las que tenemos noticia, han echado abajo estos registros porque no les parecen veraces).</p>
<p>Aunque el registro puede hacerse en papel, es recomendable utilizar un sistema <strong>digital</strong> por varias razones:</p>
<ol>
<li><strong>Mayor precisión</strong>: El sistema digital minimiza errores y facilita el control.</li>
<li><strong>Facilidad de acceso</strong>: Los registros pueden consultarse y descargarse rápidamente.</li>
<li><strong>Cumplimiento con la normativa</strong>: Los sistemas digitales garantizan que se cumpla con los requisitos legales de conservación y disponibilidad de datos.</li>
<li><strong>Optimización</strong>: Facilita la gestión interna, reduce el tiempo de trabajo administrativo y permite una mejor planificación de recursos humanos.</li>
</ol>
<p><strong>Recuerden</strong> que, además de las horas de trabajo efectivas, <strong>es obligatorio reflejar los periodos de descanso</strong> que los empleados disfrutan durante su jornada laboral. Esto es esencial para cumplir con las normativas de descanso y evitar posibles conflictos legales.</p>
<p>Si aún no cuentan con un sistema de estas características es interesante que se hagan con él. ¡No dejen que un descuido les cueste tiempo o problemas legales!</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: right;"><span style="color: #0000ff;"><strong><em>Beatriz Boada Rodríguez</em></strong></span></p>
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		<item>
		<title>Ya está aquí la facturación electrónica: cambios muy importantes en nuestro día a día</title>
		<link>https://despachoalbertos.com/ya-esta-aqui-la-facturacion-electronica-cambios-muy-importantes-en-nuestro-dia-a-dia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[albertos]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Nov 2024 18:07:57 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Contable]]></category>
		<category><![CDATA[farmacia]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídico]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Novedades]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>&#160; Los pasados 6 y 7 de octubre los hemos pasado en Accountex, el evento para profesionales de la asesoría más importante del país. Este año era especialmente trascendental la asistencia debido a los importantes cambios que se van a producir en los próximos meses y que van a afectar a todos las empresas españolas, [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class=" wp-image-6486 alignright" src="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241107_154546270.mp_-scaled-300x225.jpg" alt="" width="408" height="306" srcset="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241107_154546270.mp_-scaled-300x225.jpg 300w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241107_154546270.mp_-scaled-1024x768.jpg 1024w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241107_154546270.mp_-768x576.jpg 768w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241107_154546270.mp_-1536x1152.jpg 1536w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/11/pxl_20241107_154546270.mp_-2048x1536.jpg 2048w" sizes="(max-width: 408px) 100vw, 408px" /></p>
<p>Los pasados 6 y 7 de octubre los hemos pasado en Accountex, el evento para profesionales de la asesoría más importante del país. Este año era especialmente trascendental la asistencia debido a los importantes cambios que se van a producir en los próximos meses y que van a afectar a todos las empresas españolas, sean sociedades o autónomos, principalmente en el ámbito contable y tributario.</p>
<p><strong>A partir del 29 de julio de 2025 las empresas de software estarán obligadas a poner en nuestras manos programas de facturación homologados por la Agencia Tributaria</strong>. Estos programas <strong>no permitirán realizar ninguna modificación en las facturas que emitimos -ventas- una vez grabadas en el programa contable</strong> y, además, aunque de manera voluntaria para el emisor, enviarán la factura que emitamos directamente a Hacienda para su validación a través del Sistema VERIFACTU.</p>
<p><strong>¿Cuándo será obligatorio contar con un programa de facturación homologado?</strong> Ahora mismo se está modificando el Reglamento que regula la fecha pero se prevé que el <strong>1 de enero de 2026</strong> todas las sociedades que realicen una actividad económica en España deberán contar con dicho programa homologado para poder facturar. Para los autónomos se baraja la fecha del<strong> 1 de julio de 2026.</strong></p>
<p>Así que <strong>todo aquel que emitía sus facturas utilizando herramientas tipo Word o Excel, debe ir pensando en invertir en un programa de facturación homologado porque Hacienda le sancionará si no lo hace</strong>. La Agencia Tributaria anuncia que pondrá a disposición de los pequeños empresarios un programa gratuito pero, expertos de la Agencia Tributaria presentes en Accountex, desaconsejan su uso por sus pocas prestaciones y lentitud.</p>
<p>Y aunque esto no es facturación electrónica, stictu sensu, ésta llegará probablemente en el 2027. También se está regulando en estos momentos y será obligatoria en principio entre empresas y posteriormente para todos.</p>
<p>Además de esta novedad, tenemos unas cuantas más que iremos desgranando en próximas entradas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: center;"><em><span style="color: #993300;">María Maroto Fernández</span></em></p>
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<p>&nbsp;</p><p>The post <a href="https://despachoalbertos.com/ya-esta-aqui-la-facturacion-electronica-cambios-muy-importantes-en-nuestro-dia-a-dia/">Ya está aquí la facturación electrónica: cambios muy importantes en nuestro día a día</a> first appeared on <a href="https://despachoalbertos.com">Despacho Albertos y Asociados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Quiero vender mi farmacia: antes de firmar nada, consulte a su asesor.</title>
		<link>https://despachoalbertos.com/quiero-vender-mi-farmacia-antes-de-firmar-nada-consulte-a-su-asesor/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[albertos]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 18 Mar 2024 15:20:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Compraventa]]></category>
		<category><![CDATA[Contable]]></category>
		<category><![CDATA[farmacia]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídico]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Transmisión y Sucesión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>&#160; La decisión más importante para quien es titular de una oficina de farmacia no debe tomarse a la ligera ni de manera impulsiva. Cierto que, en estos tiempos de inmediatez y hartazgo, la tentación de una oferta económica sustanciosa nos puede llevar a tomar una decisión precipitada sin tener en cuenta todos los factores [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>&nbsp;</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="alignright wp-image-6471 size-medium" src="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/03/pexels-andrea-piacquadio-3760067-scaled-300x200.jpg" alt="" width="300" height="200" srcset="https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/03/pexels-andrea-piacquadio-3760067-scaled-300x200.jpg 300w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/03/pexels-andrea-piacquadio-3760067-scaled-1024x683.jpg 1024w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/03/pexels-andrea-piacquadio-3760067-768x512.jpg 768w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/03/pexels-andrea-piacquadio-3760067-1536x1024.jpg 1536w, https://despachoalbertos.com/wp-content/uploads/2024/03/pexels-andrea-piacquadio-3760067-2048x1365.jpg 2048w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></p>
<p><strong>La decisión más importante</strong> para quien es titular de una oficina de farmacia no debe tomarse a la ligera ni de manera impulsiva.</p>
<p>Cierto que, en estos tiempos de inmediatez y hartazgo, la tentación de una oferta económica sustanciosa nos puede llevar a tomar una <strong>decisión precipitada</strong> sin tener en cuenta todos los factores de la operación y las <strong>consecuencias para nuestro futuro</strong>.</p>
<p>En <strong>Despacho Albertos</strong> contamos con una visión imparcial a la hora de analizar los datos de una farmacia para un posible comprador y, al mismo tiempo, <strong>conocemos todos los puntos fuertes de las farmacias de nuestros clientes susceptibles de venderse</strong>.</p>
<p>Para más información, además del contacto personal para el que siempre estamos disponibles, pueden visitar nuestro apartado de <a href="https://despachoalbertos.com/asesoria-en-compraventa-de-farmacia/"><strong>asesoramiento en la compraventa de farmacias</strong></a> de nuestra web.</p>
<p>Y ya sabe, antes de firmar nada, llame a su asesor.</p>
<p style="text-align: right;"><em><span style="color: #993300;">María Maroto Fernández</span></em></p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Cuánto voy a pagar de autónomos en 2023?</title>
		<link>https://despachoalbertos.com/cuanto-voy-a-pagar-de-autonomos-en-2023/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[albertos]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Sep 2022 09:56:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscal]]></category>
		<category><![CDATA[Jurídico]]></category>
		<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[Novedades]]></category>
		<category><![CDATA[farmacéutico]]></category>
		<category><![CDATA[novedades]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La pregunta recurrente de los titulares de las oficinas de farmacia referente al cambio en la cotización de autónomos es ¿Voy a tener que pagar 1.700 euros de Seguridad Social al mes? La respuesta es no. O por lo menos no, hasta el 2025. Luego ya veremos que prevén las normas. &#160; A partir de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La pregunta recurrente de los titulares de las oficinas de farmacia referente al cambio en la cotización de autónomos es <strong>¿Voy a tener que pagar 1.700 euros de Seguridad Social al mes?</strong></p>
<p><strong>La respuesta es no</strong>. O por lo menos no, hasta el 2025. Luego ya veremos que prevén las normas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>A partir de 1 de enero de 2023 se va a pedir a <strong>los autónomos</strong> que coticen a la Seguridad Social en función de los ingresos.</p>
<p>Para ello se han publicado unas tablas con las <strong>bases de cotización mínimas y máximas</strong> según 12 tramos para ingresos en general y una tabla reducida para ingresos muy bajos.</p>
<p>Sobre esas bases de cotización se aplican los <strong>coeficientes de cotización</strong> que se publican cada año en la Ley de Presupuestos.</p>
<p>Es el resultado de aplicar este coeficiente a la base, lo que el farmacéutico autónomo ingresa cada mes en la Seguridad Social. <strong>Los coeficientes para el 2022 están fijados en un 30,60 % de la base de cotización</strong>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En esta tabla se muestras los tramos por rendimientos, las bases mínimas y máximas por las que se puede cotizar en el año 2023 y <strong>las cuotas que se pagarán mensualmente en función de dicha base de cotización </strong>(calculadas según los coeficientes vigentes para 2022):</p>
<table width="623">
<tbody>
<tr>
<td width="73"></td>
<td colspan="2" width="230"><strong>T</strong><strong>ramos de rendimientos netos 2023</strong></p>
<p><strong>–</strong></p>
<p><strong>Euros/mes</strong></td>
<td width="95"><strong>Base mínima</strong></p>
<p><strong>–</strong></p>
<p>&nbsp;</td>
<td width="85"><strong>Base máxima</strong></p>
<p><strong>–</strong></p>
<p>&nbsp;</td>
<td width="66"><strong>Cuota mínima</strong></td>
<td width="76"><strong>Cuota máxima</strong></td>
</tr>
<tr>
<td rowspan="11" width="73">&nbsp;</p>
<p>Tabla general.</td>
<td width="60">Tramo 1.</td>
<td width="170">&gt; = 1.166,70 y &lt; = 1.300</td>
<td width="95">950,98</td>
<td width="85">1.300</td>
<td width="66">291</td>
<td width="76">398</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 2.</td>
<td width="170">&gt; 1.300 y &lt;=1.500</td>
<td width="95">960,78</td>
<td width="85">1.500</td>
<td width="66">294</td>
<td width="76">459</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 3.</td>
<td width="170">&gt; 1.500 y &lt;=1.700</td>
<td width="95">960,78</td>
<td width="85">1.700</td>
<td width="66">294</td>
<td width="76">536</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 4.</td>
<td width="170">&gt; 1.700 y &lt;=1.850</td>
<td width="95">1.013,07</td>
<td width="85">1.850</td>
<td width="66">310</td>
<td width="76">566</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 5.</td>
<td width="170">&gt; 1.850 y &lt;=2.030</td>
<td width="95">1.029,41</td>
<td width="85">2.030</td>
<td width="66">315</td>
<td width="76">621</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 6.</td>
<td width="170">&gt; 2.030 y &lt;=2.330</td>
<td width="95">1.045,75</td>
<td width="85">2.330</td>
<td width="66">320</td>
<td width="76">713</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 7.</td>
<td width="170">&gt; 2.330 y &lt;=2.760</td>
<td width="95">1.078,43</td>
<td width="85">2.760</td>
<td width="66">330</td>
<td width="76">845</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 8.</td>
<td width="170">&gt; 2.760 y &lt; =3.190</td>
<td width="95">1.143,79</td>
<td width="85">3.190</td>
<td width="66">350</td>
<td width="76">976</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 9.</td>
<td width="170">&gt; 3.190 y &lt;=3.620</td>
<td width="95">1.209,15</td>
<td width="85">3.620</td>
<td width="66">370</td>
<td width="76">1108</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 10.</td>
<td width="170">&gt; 3.620 y &lt;= 4.050</td>
<td width="95">1.274,51</td>
<td width="85">4.050</td>
<td width="66">390</td>
<td width="76">1239</td>
</tr>
<tr>
<td width="60">Tramo 11.</td>
<td width="170">&gt; 4.050 y &lt;=6.000</td>
<td width="95">1.372,55</td>
<td width="85">4.139,40</td>
<td width="66">420</td>
<td width="76">1267</td>
</tr>
<tr>
<td width="73"></td>
<td width="60">Tramo 12.</td>
<td width="170">&gt; 6.000</td>
<td width="95">1.633,99</td>
<td width="85">4.139,40</td>
<td width="66">500</td>
<td width="76">1267</td>
</tr>
</tbody>
</table>
<p>&nbsp;</p>
<p>Si tomamos el tramo 12 de la tabla, que corresponde a aquellos ingresos superiores a 6.000 euros al mes, tenemos para 2023 una base mínima de 1.633,99 sobre la que, si aplicamos el coeficiente de 30,60 % obtenemos <strong>un importe a ingresar de 500 euros cada mes. Ésta es la cantidad que un farmacéutico titular deberá ingresar mensualmente en 2023 si quiere seguir cotizando el mínimo independientemente de lo alto de sus ingresos.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para aquellos autónomos que hayan cotizado hasta ahora por la base mínimas y sus ingresos mensuales superen los 6.000 euros al mes, estamos hablando de <strong>una subida de 206 euros al mes.</strong></p>
<p>Si el titular de una oficina de farmacia quisiera cotizar por la base máxima ingresaría a la Seguridad Social cada mes<strong>, como máximo,</strong> <strong>1266,65 €.</strong></p>
<p>Están publicadas tablas para el 2024 y 2025, con ligeras variaciones al alza en las base mínimas sobre todo.</p>
<p>En próximas entradas informaremos de cómo se instrumenta este nuevo régimen y qué tenemos que hacer para adaptarnos.</p><p>The post <a href="https://despachoalbertos.com/cuanto-voy-a-pagar-de-autonomos-en-2023/">¿Cuánto voy a pagar de autónomos en 2023?</a> first appeared on <a href="https://despachoalbertos.com">Despacho Albertos y Asociados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>¿Tengo que darle permiso a los empleados de la farmacia para ir a votar?</title>
		<link>https://despachoalbertos.com/tengo-que-darle-permiso-a-los-empleados-de-la-farmacia-para-ir-a-votar/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[albertos]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Apr 2021 19:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[horario de la farmacia]]></category>
		<category><![CDATA[permiso remunerado]]></category>
		<category><![CDATA[turnos de trabajo en la farmacia]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://despachoalbertos.kinui.dev/?p=6128</guid>

					<description><![CDATA[<p>Sí, tiene que darle permiso a los empleados de la farmacia para ir a votar. El tiempo que les corresponde depende de su horario el día de las elecciones.</p>
<p>The post <a href="https://despachoalbertos.com/tengo-que-darle-permiso-a-los-empleados-de-la-farmacia-para-ir-a-votar/">¿Tengo que darle permiso a los empleados de la farmacia para ir a votar?</a> first appeared on <a href="https://despachoalbertos.com">Despacho Albertos y Asociados</a>.</p>]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="font-size:25px">Se avecinan elecciones en día laborable, algo poco frecuente en los últimos años. Es por ello que a excepción de aquellas titulares de farmacia que abran en domingo, para muchos será la primera vez que se hagan esta pregunta. Para saber de qué tiempo deben disponer los empleados de la oficina de farmacia para ir a votar, siga leyendo. </p>



<div style="height:28px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<h2 class="has-normal-font-size wp-block-heading">Una primera respuesta rápida es SÍ: Los empleados de la botica deben disponer de permiso para ejercer su derecho al voto.</h2>



<p>El Estatuto de los Trabajadores establece en el artículo 37.3 que todos los trabajadores tienen derecho a un permiso retribuido por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, como es el sufragio activo.</p>



<p>Pero, ¿cuánto tiempo tengo que darles a los empleados de la farmacia para que ejerzan su derecho a voto?<strong> </strong>Pues <strong>depende del horario que tengan el día de las elecciones en la oficina de farmacia </strong>y el tiempo que coincida dicho horario con la jornada de votación.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Cuándo hay que dar permiso a los empleados de la farmacia</h2>



<p>Si el empleado está en una farmacia de 24 horas y presta el turno de noche, por ejemplo, desde las doce de la noche a las 8 de la mañana, su horario no va a coincidir con la jornada electoral, por lo que no habría que darle ningún permiso. Este sería el caso extremo en que el horario no coincide con la jornada electoral o coincide en menos de dos horas.</p>



<p>Sin embargo, si el empleado de la farmacia trabaja con horario partido, en un horario tradicional de la oficina de farmacia con jornada partida de 9:30 a 13:45 y de 17:30 a 20:30, aquí la coincidencia con la jornada electoral es claramente de más de dos horas, luego tendrá un permiso retribuido de hasta cuatro horas, que sería el máximo, al coincidir su jornada laboral en más de seis horas con la jornada electoral.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Otros turnos y el derecho de los empleados de la farmacia para acudir a votar</h3>



<p>Los otros dos supuestos son aquellos casos en que el horario del empleado en la farmacia coincida en más de dos horas pero en menos de cuatro con la jornada electoral, en cuyo caso á el permiso será de dos horas. Y, por último, si coincide su turno de trabajo en la farmacia en más de cuatro horas pero en menos de seis con la jornada electoral el permiso retribuido será de tres horas. Y así hasta las cuatro horas de permiso retribuido que citábamos en el párrafo anterior.</p>



<p>Lo ideal será hablar con los trabajadores previamente para <strong>establecer los turnos necesarios y que la oficina de farmacia no quede desatendida</strong> y el titular de la farmacia también tenga tiempo para ejercer su derecho a voto.</p>



<p>Por otra parte, en el caso de que a un empleado de la farmacia le toque estar en una mesa electoral el día de las elecciones, las cinco primeras horas de jornada del día siguiente descansa.</p>



<p class="has-medium-font-size">¿Tienes más dudas sobre los derechos de tus empleados en la farmacia y tus obligaciones para con ellos? Ponte en contacto con nosotros, en Despacho Albertos y Asociados estamos <a href="/asesoria-laboral-para-farmacias/" target="_blank" rel="noreferrer noopener" title="/asesoria-laboral-para-farmacias/">especializados en los Recursos Humanos de la Oficina de Farmacia</a>. Envíanos un correo a <a href="mailto:asesoria@despachoalbertos.com">asesoria@despachoalbertos.com</a> o escribe tus comentarios en esta entrada. </p><p>The post <a href="https://despachoalbertos.com/tengo-que-darle-permiso-a-los-empleados-de-la-farmacia-para-ir-a-votar/">¿Tengo que darle permiso a los empleados de la farmacia para ir a votar?</a> first appeared on <a href="https://despachoalbertos.com">Despacho Albertos y Asociados</a>.</p>]]></content:encoded>
					
		
		
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